Costa Cruceros refiere en su política acerca de los discapacitados las normas básicas internacionales: capacidad para llevar en casi todos sus barcos a personas con discapacidades, el requisito de advertir del grado y tipo de minusvalía al hacer la reserva y la advertencia de que en los buques siempre se encuentran barreras arquitectónicas que dificultan la movilidad.
Costa se reserva el derecho de revocar o declinar el pasaje a cualquiera quien, pueda, bajo el solo juicio del médico del barco, requerir tratamiento, cuidado o alojamiento más allá de lo que los servicios e instalaciones del barco pueden ofrecer razonable o prontamente, o aquellos cuya condición física o mental pueda hacer inapropiado el viaje para ellos o se considere que puedan afectar a otros pasajeros.
Al aceptar a un pasajero con alguna incapacidad física o mental, esta naviera no asume ninguna responsabilidad legal por ellos más allá de la asumida por cualquier otro pasajero como se señala en los folletos y el contrato establecido en el boleto del pasajero. Todos los pasajeros están sujetos de todas las limitaciones, términos y condiciones establecidos en el contrato establecido en los billetes de pasaje.
En la red, Costa también informa de que su servicio médico está abierto para personas con necesidades especiales en un horario concreto y que es un servicio remunerado costando lo mismo que al resto de pasajeros.
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